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VeriFactu: cuándo es obligatorio para empresas, autónomos y entidades, y cómo lo resolvemos con Intrabase

Los plazos vigentes para adaptar la facturación a VeriFactu, quién está obligado y quién no, y cómo Intrabase ERP envía cada factura a la Agencia Tributaria.

Una factura con el código QR de VeriFactu y un móvil que la verifica; plazos de 2027 para empresas y autónomos

VeriFactu es el sistema que obliga a todos los programas de facturación a garantizar que las facturas no se pueden modificar ni borrar sin dejar rastro. Cada factura genera un registro encadenado con el anterior, lleva un código QR que el cliente puede comprobar en la Agencia Tributaria y, en la modalidad VERI*FACTU, se envía a Hacienda en el momento de emitirla. Lo regula el Real Decreto 1007/2023.

Cuándo es obligatorio

Los plazos vigentes son los que fijó el Real Decreto-ley 15/2025:

  • Empresas y cooperativas (contribuyentes del impuesto sobre sociedades): a partir del 1 de enero de 2027.
  • Autónomos (IRPF con actividad económica, tanto en estimación directa como en módulos) y entidades en régimen de atribución de rentas (comunidades de bienes, sociedades civiles): a partir del 1 de julio de 2027.
  • Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro: si están parcialmente exentas del impuesto sobre sociedades, solo para las operaciones que generan rentas sujetas, y con el mismo plazo que las empresas.

El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció que prevé retrasar estos plazos hasta octubre de 2028, para hacerlos coincidir con la factura electrónica obligatoria entre empresas. Por ahora es un anuncio: hasta que no se publique en el BOE, las fechas de 2027 son las que valen. Nuestro consejo es no esperar al último momento.

Quién no está obligado

  • Quien ya lleva los libros de IVA con el Suministro Inmediato de Información (SII).
  • Los contribuyentes de los territorios forales: el País Vasco tiene TicketBAI y Navarra su propio sistema.
  • Quien no factura con ningún programa, por ejemplo con facturas hechas a mano.
  • Las entidades totalmente exentas del impuesto sobre sociedades.

Dos maneras de cumplirlo

El programa de facturación puede trabajar en modalidad VERI*FACTU, que envía cada registro a la Agencia Tributaria en el momento de emitir la factura, o en la modalidad no VERI*FACTU, que guarda los registros firmados electrónicamente y los entrega si Hacienda los pide. La primera es la más sencilla: no hay que custodiar nada más y la factura lleva la leyenda «Factura verificable».

Usar un programa que no cumpla el reglamento puede suponer una sanción de hasta 50.000 € por ejercicio.

Cómo lo resuelve Intrabase ERP

Intrabase ERP, nuestro software de gestión, trabaja en modalidad VERI*FACTU y lo usamos para nuestra propia facturación desde octubre de 2025, con cerca de un millar de facturas ya aceptadas por la Agencia Tributaria.

  • Cada factura se envía a la Agencia Tributaria automáticamente en el momento de enviarla al cliente, y el PDF ya sale con el código QR.
  • Registros encadenados según la especificación oficial: una factura registrada no se puede alterar.
  • Facturas rectificativas y anulaciones, también comunicadas a Hacienda.
  • Desglose del IVA cuando una factura tiene más de un tipo.
  • Si la Agencia Tributaria rechaza una factura porque el NIF o el nombre del cliente no coinciden con el censo, el sistema lo detecta y permite corregirlo y volver a enviarla.

Lo activamos en tu cuenta cuando quieras, y te acompañamos en la configuración para que la primera factura ya salga correcta.

Factura con VeriFactu desde hoy

Intrabase ERP ya trabaja en modalidad VERI*FACTU: envía cada factura a la Agencia Tributaria, le pone el código QR y gestiona las rectificativas. Lo activamos en tu cuenta cuando quieras.

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